miércoles, 3 de noviembre de 2010 9 comentarios By: leta

Accion de Proteccion

Desde que existe el Derecho, el ser humano se ha dividido entre tener obligaciones que cumplir, obedecer  y garantías que proteger y resguardar, debido a esto la norma constitucional ha entregado un catálogo, que se encuentra presente en la Constitución Política de la República, donde enumera en su artículo 19 una serie de garantías que son protegidas por el ser humano y que muchas veces se ven vulneradas o transgredidas por otras personas o instituciones, que atropellan  estas garantías que todo ser humano tiene derecho a que le sean respetadas.
En el transcurso de nuestra vida nos vemos enfrentados a situaciones que muchas veces encontramos injustas, es por  eso, que toda persona tiene el derecho a proteger estas garantías que le sean vulneradas o atropelladas. Y para esto el ser humano tiene  varias formas de proteger sus derechos que le son inherentes desde el nacimiento y que el legislador le permite accionar durante todo el transcurso de la vida, como por ejemplo ejercer acciones como el llamado  Recurso de Protección, que sirve para proteger las garantías que a una persona le  hayan sido atropelladas, y que a veces sin ningún fundamento se le han arrebatado injustamente, solo por encontrarse con  poder o autoridad suficiente para hacerlo.
Para entender esta institución jurídica menciono un ejemplo que es muy común dentro del ámbito estudiantil y el cual ha generado variados Recursos de Protección:
Por ejemplo un estudiante universitario que se le niega la matricula para el año siguiente de estudio en la universidad que se encuentra matriculado,  por haber participado en movilizaciones estudiantiles, referentes al mantenimiento del crédito aval del  Estado, para que su crédito  se le mantenga hasta el final de la carrera, y  la casa de estudios cree y considera que este alumno no es un buen elemento dentro de la universidad por ser un líder “revolucionario” y  sin causas que tengan un fundamento jurídico de peso y coherente, le niega la matricula sin entregarle ninguna razón que realmente sea de peso.
O el caso de una profesional que por  estar embarazada es despedida de su trabajo sin tener otras razones que el propio embarazo , estos son algunos ejemplos típicos de atropellos a las garantías esenciales de todo ser humano como el derecho a la educación y el derecho  a proteger la vida del que esta por nacer.


 Garantías que se encuentran señaladas en la Constitución Política de la Republica en su artículo 19 , toda persona sea natural o jurídica puedeaccionarlas para protegerlas.
Garantías del artículo 19: (No todas son susceptibles de acción de Protección)


El docente y abogado Marcos Pincheira, entrega un concepto claro y preciso de lo que es un Recurso de Protección, que en realidad Jurídicamente, se denomina acción de protección, pero que todos conocemos como Recurso. Ya que así se encuentra señalado en el último auto acordado de junio de 2007.
Cita:
Marcos Pincheira Barros autor de 72 artículos en Duda legal
…”El recurso de protección es una acción constitucional que tiene por objeto asegurar el respeto de ciertas y determinadas garantías constitucionales, restableciendo el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado; ello sin perjuicio de los demás derechos o acciones que se puedan ejercer por la vía ordinaria”…

Además el Recurso de protección no tiene formalidad alguna para ser interpuesto, no necesita ser redactado por un abogado, tampoco un formato que se deba seguir, solo basta indicar los hechos  desde que estos  se cometieron, o desde que se tuvo conocimiento de dichos hechos, mencionar claramente cuál es el atropello, individualizar a las partes, contra quien se interpone este recurso, (refiriéndose al ofensor que es el  recurrido).y si se tiene alguna prueba documental (documentos, fotos, boletas, contratos, etc.) manifestarla e incorporarla, estos siempre sirven para dar claridad ala  Se presenta ante la Corte de Apelaciones respectiva para que sea revisada por los ministros.
(La corte respectiva es donde de cometió el acto)

A este recurso siempre se le da prioridad y se estima de primera urgencia para el tribunal donde se presenta, se ve en autos en relación que significa que se a  proceder a la vista de la causa.
(Autos, significa expediente)
Si el tribunal acoge el recuro y le da curso a favor del afectado, la sentencia que el tribunal establece es restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado.

Cuando el Profesor Pincheira hace referencia en su cita “; ello sin
perjuicio de los demás derechos o acciones que se puedan ejercer por la vía ordinaria”…

 Esto significa que no tan solo el Recurso de Protección protege las garantías constitucionales que tiene toda persona, también existen las acciones ordinarias, como por ejemplo el presentar una demanda ante los tribunales civiles, pero el Recurso de Protección es elegido sin duda por su corta tramitación y su poca formalidad, a diferencia de una Demanda Civil que puede demorar años en ser resuelta por os Tribunales de justicia.